Resumen: Declarar la competencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Resumen: El tercer adquirente de una vivienda objeto de ejecución hipotecaria plantea la acción de desahucio por precario contra ignorados ocupantes, siendo el deudor hipotecante quien ocupa la vivienda. No concurre defecto en el modo de proponer la demanda por interpelar a los ignorados ocupantes dado que el demandado se ha personado y defendido. Si bien no es pacífico el procedimiento para tal efecto, se adopta la línea mayoritaria de que efectivamente puede acudirse al proceso de precario aunque no se haya hecho uso del lanzamiento en el proceso de ejecución hipotecaria. La actora ostenta legitimación por ser la titular dominical por justificarlo con una nota simple registral. La cuestión de la situación de vulnerabilidad del demandado aparte de no tener cabida en el precario es tema a plantear en los trámites de la ejecución de sentencia a la hora de acordarse el lanzamiento. No ostenta el demandado titulo justificativo de posesión procediendo el desahucio. La situación de precario no cesa por el hecho de que sea consentida durante cierto tiempo por el propietario.